División de Apelaciones
FAQs - Contestar su hizo con frecuencia preguntas

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Actualizado Pasado: May 06, 2009
 


 

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Claimant Questions

1. )Quién puede someter una apelación?
Usted o cualquiera de sus previos empleadores que estén afectados por una decisión del Administrador, pueden apelar por la negación o otorgamiento de beneficios.
 
2. )Qué sucede cuando se somete una apelación?
Esta será remitida a la oficina de la División de Apelaciones correspondiente manera que se pueda programar una audiencia antes un Arbitro de apelaciones. 
 
3. )Qué sucede si una de las partes no asiste a la audiencia?
Si la parte que apeló no asiste, la apelación probablemente será declarada sin lugar y la decisión del Administrador permanecerá igual. Si el empleador apeló y usted no asiste a la audiencia, la decisión del Arbitro puede basarse solamente en el testimonio del empleador. Si el Arbitro decide en favor del empleador, usted puede ser requerido a reembolsar todos los beneficios de compensación por desempleo que haya recibido. Por lo tanto, usted debe asistir a la audiencia a menos que esta sea pospuesta
 
4. )Qué debo hacer si no puedo asistir a la audiencia?
Notifique a la División de Apelaciones inmediatamente y solicite que la audiencia sea pospuesta. El número de teléfono de la oficina de la División de Apelaciones se encuentra en la parte superior de la Notificación de Audiencia. Solo por razones bien justificadas una audiencia será pospuesta. Si usted o un testigo principal no pueden asistir a la audiencia por alguna razón, asegúrese de notificar con prontitud la División de Apelaciones antes de la audiencia para averiguar si otros arreglos son posibles. 
 
5. )Necesito un abogado?
Usualmente, no. Siguiendo las instrucciones en este panfleto cuidadosamente, un reclamante sin abogado podrá colectar la evidencia necesaria. El Arbitro le ayudará a presentar su caso en la audiencia. Sin embargo, usted tiene el derecho de ser representado por un abogado o otro representante que prefiera. Usted puede cualificar para recibir representación legal gratis o con un descuento. Vea el panfleto AGuía del Reclamante para El Proceso de Apelaciones@ para una lista de organizaciones que le pueden ofrecer representación legal gratis y una lista de representantes por los que tiene que pagar. Si contrata representación legal por su cuenta, usted tiene la responsabilidad de pagar sus honorarios. Usted puede pedir a la División de Apelaciones que establezca la cantidad de que debe pagar

Si usted tiene otras disputas legales con su patrono, tales como arbitraje, compensación al trabajador, o casos de discriminación, y está representado en esas disputas, debe decirle a su abogado o representante sobre su reclamación de desempleo. Aun una decisión de compensación por desempleo no puede ser usada en su contra, en cualquier cases, esta puede tener algún efecto en otros diputas que tenga pendiente con su empleador.
 

6. )Cómo me debo preparar para la audiencia?
Empiece inmediamente a reunir todos los documentos relacionados con el asunto, tales como correspondencia de su empleador, contratos de la unión, notificaciones de advertencia o informes médicos. Comuníquese con cualquiera que pueda necesitar como testigo

Si planifica contratar a un abogado o otro representante, hágalo tan pronto sea posible, de manera que esa persona tenga tiempo para prepararse. Notifique a la División de Apelaciones del nombre y dirección de su representante de manera que él or ella sea informado de las audiencias y otros procedimientos. Usted Debe decidir antes de la audiencia si necesita representación. No se la concederá otra audiencia solamente porque usted decida más tarde que debió haber estado representado

Es su responsabilidad presentar evidencia y testimonio para probar su caso. El Arbitro no investigará ni se comunicará con testigos por usted. El o ella actuará basándose en la información en el archivo y evidencia y testimonio presentados en la audiencia. Asegurese que cualquier testigo que tenga conocimiento directo de los eventos en cuestión esté disponible para asistir a la audiencia

La audiencia ante el Arbitro es la única oportunidad que tendrá de decir su historia. Esté preparado para decirle al Arbitro todo lo que piense que es importante y para presentar todos los testigos y evidencia en la audiencia. No se le permitiría una audiencia nueva para presentar evidencia que usted no presentó la primera vez a menos que exista una causa justificada que le impidió hacerlo.
 

7. )Cómo se conducirá la audiencia?
Las audiencias son informales. El Arbitro explicará el procedimiento y leerá del expediente, la información en el archivo del caso. Esto puede incluir el informe de la investigación, y todos los demás documentos de la primera audiencia en el AJob Center@. Usted no está obligado por la información contenida en la investigación y se le dará la oportunidad a establecer sus objeciones a las declaraciones leídas y a ofrecer su versión. Si su declaración difiere de lo que la investigación, debe estar preparado a explicar por qué. A todas las partes y testigos les es requerido que juren o afirmen la veracidad de lo que dicen.
 
8. )Cómo sabré que decir al Arbitro?
El Arbitro hará preguntas diseñadas a obtener la información necesaria para emitir su verídico. Escuche cuidadosamente las preguntas y conteste tan simple y directamente como pueda. Ofrezca información complete y exacta, pero no divague ni ofrezca información que no es relevante. Antes de que termine la audiencia, el Arbitro le dará la oportunidad de añadir cualquier cosa que considere importante, hacer preguntas a las otras partes y testigos, y hacer una declaración final.
 
9. )Cómo se me informará de la decisión?
El Arbitro le enviará una decisión escrita a usted, a su representante, a otras partes interesadas y a sus agentes, incluyendo al Departamento de Compensación por Desempleo, tan pronto posible. La decisión le explicará su derecho a apelar si no está satisfecho con la decisión.
 
10. )Qué puedo hacer si la decisión no es a mi favor?
Si usted no está de acuerdo con la decisión, puede apelar a la Junta de Revisiones de Seguridad de Empleo. Si tiene información nueva o adicional puede escribirle al Arbitro y pedir que se reabra el caso. Usualmente, se concederá la oportunidad de reabrir el caso solamente si usted da una razón muy justificada para no asistir. Si el caso se reabre, se llevará a cabo otra audiencia, si es necesario. Como consecuencia, una nueva decisión, que también podrá ser apelada, será emitida.

Editado por el departamento de labor, unidad de Project Management